La fiscalía de Río Grande incorporó casos de abuso y antisemitismo.
A 40 años del inicio de la Guerra de Malvinas, la causa se encuentra virtualmente paralizada, a la espera de la resolución de la Corte Suprema. La misma se debe expedir respecto a si las torturas a los conscriptos durante el conflicto bélico son delitos de lesa humanidad.
Desde el Ministerio Público Fiscal, junto a la Procuraduría de Crímenes contra la Humanidad, se sigue impulsando la acción y, en esta nueva presentación, analizó la inmersión en aguas heladas como método de tortura y casos de abuso sexual en un contexto de antisemitismo cometidos contra 24 víctimas. Pidió el llamado a indagatoria de 19 imputados.
El titular de la Fiscalía Federal de Río Grande, Marcelo Rapoport, y la titular de la Procuraduría de Crímenes contra la Humanidad, María Ángeles Ramos, presentaron el martes una ampliación de requerimiento en la causa en la que se investiga cómo las autoridades militares con asiento en las islas habrían ordenado y ejecutado distintos delitos calificados como crímenes de lesa humanidad en perjuicio de los soldados conscriptos.
En esta oportunidad, sumó a los hechos investigados 22 casos de imposición de tormentos -por los que imputó a 18 oficiales y suboficiales del Ejército- y 2 de abuso deshonesto -imputados a otro suboficial- cometidos contra soldados del Regimiento de Infantería Mecanizado (RIMec) N° 3. Incorpora así los delitos sexuales y destaca hechos de antisemisitmo como parte de un nuevo análisis sobre las pruebas que se incorporaron a partir de desclasificación de todos los archivos de las fuerzas armadas relativos al conflicto por Islas Malvinas.
Asimismo, los representantes del MPF describieron la actividad de inteligencia sobre los ex combatientes y las organizaciones que los nucleaban desde el mismo momento de la rendición e incluso con posterioridad a la vigencia del Estado constitucional y acción psicológica ejercida por el aparato represivo estatal durante la guerra.
Además, ante el letargo de la causa, describieron en el documento las razones por las que el Estado argentino se encuentra internacionalmente obligado a investigar y juzgar a los responsables de estos crímenes.
La causa, que se inició en el 2006, está paralizada desde mayo del año pasado, después de un pronunciamiento dictado por la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal que, ante un recurso de casación interpuesto por una de las defensas, determinó por mayoría que los supuestos ilícitos no eran delitos de lesa humanidad y que, por ende, estarían prescriptos. Ese fallo fue recurrido por el MPF y por los querellantes ante la Corte Suprema, por lo que la jueza federal de Río Grande, Mariel Borruto –que había calificado los delitos como de lesa humanidad-, optó por aguardar ese pronunciamiento para continuar con el desarrollo de la investigación.
El proceso judicial
La causa por torturas en Malvinas se inició en 2006, por una denuncia presentada por un exsoldado ante la Secretaría de Derechos Humanos de la provincia de Buenos Aires y luego ante el MPF. A esta denuncia inicial, se sumaron otras, que describieron los tormentos padecidos a mano de sus superiores durante su participación en el conflicto bélico.
En un primer momento, la reconstrucción del despliegue y de los hechos se planteó exclusivamente en base a los testimonios y a la colaboración que prestaba el Ministerio de Defensa. A partir de 2015, con la desclasificación de todos los archivos de las fuerzas armadas relativos a Malvinas, se pudo acceder a datos ciertos y rigurosos que permitieron contrastar los testimonios con elementos respaldatorios y reconstruir con mayor precisión los hechos denunciados.
En octubre de 2017, el fiscal Rapoport solicitó la colaboración de la Procuraduría de Crímenes contra la Humanidad para la tramitación de la causa. Las Islas Malvinas se encuentran dentro de la jurisdicción de la Fiscalía Federal de Río Grande, situada en la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur. En el marco de ese pedido de colaboración se elaboró un proyecto de requerimiento de instrucción -pieza necesaria para la apertura de una investigación penal- y un plan de trabajo para el avance de la pesquisa.
El 11 de mayo de 2018 el fiscal Rapoport, con la colaboración de la Procuraduría, presentó un requerimiento de instrucción que se circunscribió a los ilícitos cometidos en el ámbito de actuación del Regimiento de Infantería N° 5, dependiente de la Brigada de Infantería III, desplegado en la Isla Gran Malvina. En esa presentación el MPF impulsó la acción penal sobre 22 de los hechos delictivos más graves que ocurrieron en aquella unidad militar e imputó los crímenes denunciados a 26 oficiales y suboficiales que revistaban allí.
Finalmente, entre el 5 y 6 de diciembre de 2019 se tomaron las primeras cuatro declaraciones indagatorias en la causa, a los imputados Miguel Angel Garde, Belisario Affranchino Rumi, Gustavo Calderini y Eduardo Grassino. El acto tuvo lugar por videoconferencia, con la presencia de miembros de la Procuraduría conjuntamente con el fiscal Rapoport. El 18 de febrero del 2020 la jueza Borruto dictó el procesamiento de los cuatro indagados, por los delitos de tormentos y amenazas, y caracterizó los hechos de la causa como delitos de lesa humanidad.
El 4 de mayo del año pasado, la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal, por mayoría, resolvió hacer lugar al recurso de casación interpuesto por la defensa de otro de los imputados, quien reclamaba que los crímenes por los cuales fue acusado no encuadran en la categoría de lesa humanidad, y que por lo tanto estarían prescriptos. El fallo fue recurrido por el MPF y por los querellantes ante la Corte Suprema. La jueza Borruto optó por aguardar al pronunciamiento del máximo tribunal para continuar con el desarrollo de la investigación y suspendió las citaciones a indagatoria de los restantes imputados que ya estaban fijadas.