El Pueblo Ocloya pide suspender proyectos en Jujuy

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El reclamo elevado ante el Ministerio de Ambiente y Cambio Climático provincial se da en el marco del Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos que la Provincia debe actualizar.

Las comunidades indígenas del Pueblo Ocloya reclaman la suspensión de proyectos que no cuentan con la apropiada consulta previa, libre e informada en el marco del Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos- OTBN-. Así lo solicitaron a la ministra de Ambiente y Cambio Climático de la provincia de Jujuy, María Inés Zigarán.

Asimismo, exigen la aplicación plena y efectiva del Convenio 169 de la OIT y el Protocolo de Consulta del Pueblo Indígena Ocloya. Todo esto considerando la vigencia de la Ley 26331 de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de los Bosques Nativos, que establece que los OTBN deben ser revisados y actualizados cada cinco años en cada provincia.

La normativa mencionada expresa que todo proyecto de desmonte o manejo sostenible de bosques nativos deberá reconocer y respetar los derechos de las comunidades indígenas originarias del país que tradicionalmente ocupen esas tierras.

En el anexo de esta Ley, se establece también el valor que las comunidades indígenas y campesinas dan a las áreas boscosas o sus áreas colindantes, así como el uso que pueden hacer de sus recursos naturales a los fines de su supervivencia y el mantenimiento de su cultura. En el caso de las comunidades indígenas, y dentro del marco de la ley 26.160, se deberá actuar de acuerdo a lo establecido en la ley 24.071, ratificatoria del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

Consulta previa, libre e informada

Según la normativa vigente, todo proceso de consulta se regirá por los principios estipulados en el mencionado protocolo y, como medida precautoria, se prohibirá la realización de todo proyecto o acción que afecte derechos colectivos del Pueblo Indígena Ocloya y sus comunidades. Incluye a aquellos proyectos o acciones que afecten derechos colectivos, que se encuentren en curso y no hayan sido sometidos al proceso apropiado de consulta previa, libre e informada, ni obtenido el pertinente consentimiento libre, previo e informado. En caso de denegación, su inclusión podrá ser exigible judicialmente.

En tal sentido, denuncian que el proyecto de Ley 26331 de protección de bosques nativos no cuenta con la consulta previa ni el consentimiento del Pueblo Indígena Ocloya. Denuncian que la situación afecta a las comunidades Tilquiza, Las Capillas, Normenta Pacha y Tiraxi.

En la provincia de Jujuy el OTBN se actualizo en 2011 y 2018. En ambos casos se omitió la apropiada y debida consulta previa a los pueblos indígenas, quedando los mismos para favorecer al despojo, negocio y daño a los bosques nativos.

En la actualidad, aseguran, se ejecutan proyectos en territorios comunitarios beneficiando a empresarios, ONG’s y terratenientes. Proyectos que no cuentan con el consentimiento ni la apropiada consulta previa de las comunidades indígenas, que son protectores ancestrales de los bosques y desde la vigencia de mencionada ley son limitadas para acceder a estos planes y proyectos.

Fuente: Infobaires

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