Llaman a proteger a los pueblos indígenas del extractivismo

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La  profundización de un modelo económico basado en la explotación de grandes volúmenes de recursos naturales amenaza los territorios y avanza sobre los derechos. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos insta a los Estados a cumplir con su función de regulación y supervisión sobre las actividades extractivas.

Cada 9 de agosto se conmemora el Día Internacional de los Pueblos Indígenas. En este marco, desde la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y su Relatoría Especial sobre los Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales (REDESCA) instan a los Estados a proteger los derechos de los pueblos indígenas de los efectos dañinos de las industrias extractivas en sus territorios.

El grave impacto de las actividades extractivas en los derechos humanos de los pueblos y comunidades indígenas se puso de relieve durante el 193º Período de Sesiones de la CIDH. Entre ellos, el causado por la extracción de minerales clave para la transición energética.

Los pueblos indígenas y sus representantes expresaron su preocupación ante la expansión de ese tipo de proyectos y la presunción de beneficios económicos y sociales que los llevan a ser declarados “de interés público”. Advierten que esto limita el debate sobre el impacto real que tienen en las comunidades y sus territorios.

Asimismo, se ha documentado un preocupante patrón de riesgos que enfrentan defensoras y defensores indígenas de la tierra y el medio ambiente en este contexto. La proliferación de informes sobre procesos penales iniciados contra personas que lideran a sus comunidades en la defensa de los territorios es una muestra de ello.

Violación de derechos sistemática

En muchos casos, como ocurre en Jujuy y en la Patagonia, se acusa formalmente a defensoras y defensores de las comunidades de delitos definidos con ambigüedad o con demasiada amplitud, y se las procesa sin las garantías básicas del debido proceso. Esto implica un hostigamiento por protestar o por defender los derechos en cuestión. Esas acciones muchas veces van acompañadas del despliegue de fuerzas de seguridad, de desahucios violentos y de conflictos sociales en los que a veces se exacerba la violencia de género contra mujeres, adolescentes y niñas.

Las violaciones de los derechos humanos destacan la urgencia de que los Estados cumplan su obligación internacional de proteger los derechos de los pueblos indígenas. Entre ellos, el derecho a la autodeterminación, al autogobierno, a la propiedad colectiva, a la libertad de expresión, a recursos judiciales efectivos, y a la consulta y al consentimiento previo, informado y libre. Tales derechos no se deben debilitar aludiendo a un presunto interés público o al crecimiento económico.

Cabe resaltar que el derecho al desarrollo debe priorizar la sostenibilidad, así como el bienestar de personas y comunidades y el respeto por sus derechos. Por esto, los Estados deben ejercer una supervisión adecuada de las actividades de los actores corporativos, que a su vez deben actuar en cumplimiento de los estándares interamericanos sobre empresas y derechos humanos y de los Principios Rectores sobre las Empresas y los Derechos Humanos de la ONU.

Foto: Susi Maresca

Esto obliga a los Estados a ejercer funciones de regulación y supervisión, además de garantizar el acceso a la justicia en los casos de violaciones de los derechos humanos. Al mismo tiempo, las empresas deben respetar el derecho a un medio ambiente saludable, el uso sostenible y la conservación de los ecosistemas y la diversidad biológica.

Se debe prestar especial atención a la relación cercana entre esos recursos y los pueblos indígenas, entre otros grupos, que está vinculada con la cosmovisión, la vida espiritual, la autodeterminación y los modos de subsistencia propios de esos pueblos.

Los Estados están obligados también a garantizar el derecho a la consulta y al consentimiento previo, informado y libre. Deben llevar a cabo estudios de impacto social y ambiental a través de entidades independientes para proteger la relación especial que los pueblos indígenas tienen con sus territorios. Asimismo, deben garantizar el derecho de los pueblos indígenas a una participación razonable en los beneficios de cualquier proyecto que los afecte, y a la propiedad colectiva de sus tierras, territorios y recursos naturales, de acuerdo con los estándares pertinentes del sistema interamericano de derechos humanos.

Llamado urgente

La CIDH y su REDESCA instan a los Estados de las Américas a proteger los derechos de las mujeres, adolescentes y niñas indígenas, que deben hacer frente a impactos específicos en sus territorios. Además, solicitan a los Estados reafirmar su compromiso con los derechos ambientales y los derechos de los pueblos indígenas, e impedir la criminalización de defensoras y defensores, en un contexto de cambio climático y degradación ambiental acelerada.

Tal y como lo señaló recientemente la Corte Interamericana de Derechos Humanos, los Estados tienen una obligación especial de proteger a las personas defensoras de los derechos humanos ambientales. Deben, además, prestar particular atención a los riesgos adicionales que deben afrontar los pueblos indígenas, entre otros grupos.