La norma prohíbe la venta y cambio de uso de tierras incendiadas por un plazo de entre 30 a 60 años para evitar prácticas especulativas y emprendimientos inmobiliarios. El impulsor de su derogación, Alfredo De Ángeli (PRO), afirmó que “viola el derecho de propiedad”.
El jueves 18 de septiembre estaba previsto en el Senado de la Nación el tratamiento de un proyecto para derogar por completo la Ley N° 27.604. La norma modifica en parte la Ley de Manejo del Fuego, establece la protección de los ecosistemas y prohíbe que las áreas afectadas por incendios forestales sean utilizadas para emprendimientos agropecuarios o inmobiliarios.
Al quedar sin quórum la sesión, la iniciativa que tiene dictamen desde noviembre del año pasado, quedó sin tratamiento. El senador y productor entrerriano, Alfredo De Ángeli (PRO), impulsor del proyecto, sostuvo que la ley vigente es inconstitucional y que “viola el derecho de propiedad”.
Cabe remarcar que los incendios en Argentina son una constante y se han agravado como producto de la crisis climática. Son también producto de la intencionalidad: bosques, humedales, pastizales y matorrales, cuyo suelo tiene valor inmobiliario o agrícola, son incendiados de manera deliberada por quienes pretenden hacer un uso productivo de esos suelos.

“Ayer los kirchneristas se levantaron de sus bancas en la sesión del Senado y frenaron el tratamiento de la derogación de la Ley de Manejo del Fuego, una ley inconstitucional que viola el derecho de propiedad, impide vender, reforestar o cambiar el uso de suelo durante 30 a 60 años aunque el incendio sea accidental o natural, y hasta castiga a herederos que nada tuvieron que ver”, enfatizó el legislador entrerriano en sus redes sociales.
Para De Ángeli, “esto limita desarrollos productivos, forestales, energéticos o incluso tecnológicos que todavía ni existen” y fue más allá al afirmar que “invade competencias de las provincias sobre sus recursos naturales”. “Defender la tierra y la producción es defender la soberanía, el trabajo, el arraigo. Es decir, defender el futuro de nuestro país. No podemos permitir que una mala ley siga hipotecando al campo… ¡ni congelar por 50 años lo que podríamos producir mañana!”, se quejó.

Mejorar, no retroceder
Si bien la normativa en cuestión tiene aspectos perfectibles, especialmente en materia de justicia y efectividad en su implementación, la misma representó una mejora sustancial.
Esto es así dado que plantea como modificación a la Ley N° 26.815 de Manejo de Fuego que aquellos terrenos que hayan sufrido un incendio no se podrían vender ni cambiar su uso por 60 años.
Además, es imperioso contar con herramientas para prevenir y penalizar a quienes produzcan incendios intencionales para su aprovechamiento productivo. Esto incluye la necesidad de incorporar tipos penales destinados a este fin.
En este contexto, la derogación de la Ley 27.604 implica un franco retroceso, dando de baja los pocos mecanismos con los que hoy es posible abordar la problemática de los incendios.
Fuente: Con información de FARN y APFDigital